¿Sabías qué… México tiene el segundo lugar en registros en la plataforma ADEL a nivel internacional superando a potencias mundiales como Japón, Estados Unidos y Francia?
La Dra. Paulina de la Loza, Secretaria del Comité Nacional Antidopaje y la Dra. Gabriela Dávalos Espinoza, Gerente del Panel del Comité Nacional Antidopaje fueron quienes guiaron paso a paso a los atletas en su camino a París 2024 a través de brindar información relevante acerca del panorama general y uso de la plataforma ADEL por sus siglas en inglés, Anti-Doping Education and Learning Platform, cuyo objetivo es prevenir al educar en relación al deporte limpio.
Para ingresar a los beneficios de la plataforma ADEL es necesario crear una cuenta en donde necesitarás ingresar datos generales, especificaciones del deporte y rol deportivo. Una vez terminado el registro puedes acceder a los cursos que la plataforma tiene para ti y obtener los certificados una vez finalizados. Existen cursos dirigidos a entrenadores, profesores, otras funciones de apoyo, profesionales médicos, investigadores, deportistas, padres y para grandes eventos.
Paso a paso del registro aquí.
ADEL PARÍS 2024.
En dicha plataforma se encuentra el curso “ADEL para París 2024” diseñado para atletas y entrenadores que se preparan para los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de París 2024 en el que obtendrás la información necesaria acerca de las normas antidopaje para París.
Hay datos que los atletas y sus entrenadores deben saber antes de los Juegos Olímpicos como las fechas importantes. Por ejemplo, que las normas y procedimientos antidopaje del COI entraron en vigor durante el mes de abril del 2024, además de las normas antidopaje existentes de las Federaciones Internacionales y las Organizaciones Nacionales de Antidopaje. Existen también periodos específicos determinados por fechas previas, durante los juegos o posterior a ellos, así como dentro y fuera de competencia en los que la Agencia Internacional de Controles (ITA), puede efectuar controles a los atletas en nombre del COI y que los atletas también tienen derechos.
Algo sumamente importante es la definición de “Periodo de competencia” – 23:59 hrs del día anterior a la competencia hasta finalizar la competencia. (algunas deportes de verano no están incluidos en esta definición)
Periodo fuera de competencia – cualquier otro horario al determinado anteriormente.
En el siguiente módulo menciona la existencia de once Infracciones de las Normas Antidopaje (INAD), las cuales son:
- Presencia: Resultado positivo de los controles de sangre u orina.
- Uso o intento de uso: Evidencia de la utilización de una sustancia o método prohibido.
- Evadir, negarse o fracasar: Esconderse del Oficial de Control de Dopaje, negarse a realizarse controles o no acudir a la Estación de Control de Dopaje.
- Incumplimiento del paradero: No estar donde reportó, perderse un control durante los periodos establecidos, no presentar su información de localización del paradero a tiempo, incompleta o brindar información errónea.
Nota: puedes ayudarte gestionando y actualizando tu paradero con la aplicación de Athlete Central creada por la WADA y recuerda mantener informado a tu Jefe de Misión.
LINK: https://www.wada-ama.org/en/athlete-central
- Manipulación: Interferir con el control o con el proceso de control de dopaje, incluyendo el enjuiciamiento de un caso.
- Posesión: Tener sustancias o métodos prohibidos en su posesión sin Autorización de Uso Terapéutico (AUT) o sin un motivo justificado.
- Tráfico: Manipulación, transporte, venta o intento de venta de sustancias prohibidas.
- Administración a un deportista: Darle o intentar dar a un deportista una sustancia prohibida o utilizar un método prohibido en él.
- Complicidad: Ayudar a alguien a doparse o tratar de ayudar a encubrir el dopaje.
- Asociación prohibida: Trabajar con o buscar ayuda/servicios de alguien que está cumpliendo con un periodo de suspensión.
- Tomar represalias contra cualquiera que comparta información acerca del dopaje: Acciones que atemorizan a alguien para que no denuncie una sospecha de dopaje o actos de venganza en contra de aquellos que han denunciado un acto de dopaje.
Los atletas tienen derecho a:
- Tener un representante presente.
- Solicitar un intérprete.
- Realizar preguntas sobre el proceso de recogida de muestras.
- Pedir modificaciones.
- Solicitar aplazamiento para presentarse a la estación de control de dopaje por razones válidas.
¿Los conocías?
Existen siete infracciones aplicables al personal de apoyo a los deportistas:
- Posesión
- Manipulación
- Tráfico
- Administración a un deportista
- Complicidad
- Asociación prohibida
- Desalentar o tomar represalias contra cualquiera que comparta información sobre el dopaje
Los deportistas son responsables de su rendimiento así como de cualquier sustancia que se encuentre en su cuerpo.
Para cumplir con su responsabilidad, los atletas deben conocer las sustancias, métodos y periodos según la lista de prohibiciones que se actualiza cada año en la página web de la Agencia Mundial Antidopaje. Se puede conceder una Autorización de Uso Terapéutico (AUT) a un deportista bajo ciertas condiciones y criterios específicos cuidando la salud del atleta sin riesgo de ser sancionado.
La Comisión de Atletas de México y el Comité Nacional Antidopaje te invitan a conocer el resto de la información y consejos que brinda el curso “ADEL para París 2024” y el Taller Rumbo a París 2024 sobre ADEL siendo capaz de reconocer e identificar las normas, procesos, organizaciones y herramientas de apoyo para los Juegos Olímpicos.
¡Sigamos educándonos por el deporte mexicano!
Puedes ponerte en contacto con el Comité Nacional Antidopaje en caso de cualquier duda a través de sus redes sociales:
Correo: http://cna.conade.gob.mx/
Instagram: https://www.instagram.com/cna_mexnado/



